		<!--INICIO CONTENIDO HTML DEL ANUNCIO -->				<div id="anuncio-352772-es">			<div class="story">				<p class="bop-parrafo-seccion"><span class="bop-texto-seccion">IV. ENTIDADES LOCALES</span></p>				<p class="titulo-02"><span class="bop-texto-organismo">AYUNTAMIENTO DE OURENSE</span></p>				<p class="titulo-03"><span class="bop-texto-organismo">Gestión Económica y presupuestaria</span></p>				<p class="bop-parrafo-sumario"><span class="bop-texto-sumario">Aprobación inicial del expediente de modificación presupuestaria 2P/2026 de suplemento de crédito</span></p>				<p class="bop-parrafo-justificado">Modificación de Crédito 2P/2026</p>				<p class="bop-parrafo-justificado">Anuncio de aprobación inicial</p>				<p class="bop-parrafo-justificado">El Pleno de la Corporación en sesión extraordinaria del día 1 de octubre del año 2026 aprobó inicialmente el expediente de la modificación presupuestaria 2P/2026, utilizando la figura de los suplementos de crédito y los créditos extraordinarios (expediente cividas núm. 2026038980) por importe total de 11.463.275,31 €.</p>				<p class="bop-parrafo-justificado">De conformidad con lo dispuesto en los artículos 177.1 y 177.2 del Real Decreto Legislativo 02/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, en concordancia con los artículos 20.1 y 38.2 del Real Decreto 500/90, del 20 de abril, el citado expediente estará a disposición de los interesados en formato digital, en la dirección electrónica https://www.ourense.gal/es/informacioneconomica/14818 y, en formato papel, en el departamento de Gestión Económica y Presupuestaria de este ayuntamiento, durante el plazo de 15 días hábiles, contados a partir del siguiente a la fecha de inserción de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, a efectos de presentación de reclamaciones por los interesados.</p>				<p class="bop-parrafo-justificado">De no presentarse reclamaciones durante el período señalado, el expediente se considerará definitivamente aprobado, en virtud de lo dispuesto en los artículos 177.2 en relación con el artículo 169.1 del Real Decreto Legislativo 02/2004, de 5 de marzo, y 38.2 en relación con el 20.1 del Real Decreto 500/90, de 20 de abril.</p>				<p class="bop-parrafo-justificado">El alcalde. Fdo.: Gonzalo Pérez Jácome.</p>				<p class="bop-parrafo-justificado">Documento firmado digitalmente al margen.</p>				<p class="bop-rexistro">R. 2.354</p>			</div>		</div>					<!--FIN CONTENIDO HTML DEL ANUNCIO -->