		<!--INICIO CONTENIDO HTML DEL ANUNCIO -->				<div id="anuncio-352672-es">			<div class="story">				<p class="bop-parrafo-seccion"><span class="bop-texto-seccion">IV. ENTIDADES LOCALES</span></p>				<p class="titulo-02"><span class="bop-texto-organismo">AYUNTAMIENTO DE LOBEIRA</span></p>				<p class="bop-parrafo-sumario"><span class="bop-texto-sumario">Exposición pública de la aprobación del padrón tributario de la tasa por el servicio de distribución del agua y canon del agua de la Xunta de Galicia correspondiente al 2º cuatrimestre de 2026; y plazo de cobro en período voluntario</span></p>				<p class="bop-parrafo-justificado">Por Resolución de la Alcaldía de 21 de septiembre de 2026 se aprobó el padrón tributario de la tasa por el servicio de distribución del agua y canon del agua de la Xunta de Galicia correspondiente al 2º cuatrimestre de 2026.</p>				<p class="bop-parrafo-justificado">Dicho padrón se expone al público en las oficinas de este Ayuntamiento para su notificación colectiva, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 102.3 de la Ley General Tributaria, por el plazo de quince días hábiles, contado a partir del siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOP, con el fin de que los interesados puedan examinarlo y presentar reclamaciones.</p>				<p class="bop-parrafo-justificado">Contra el acto de aprobación del padrón y de las liquidaciones contenidas en él podrá interponerse un recurso de reposición ante la Junta de Gobierno Local en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de finalización del plazo de exposición pública del padrón. Contra la resolución del recurso de reposición podrá interponerse un recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Ourense, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la notificación de aquella resolución. Una vez transcurrido un mes desde la presentación del recurso de reposición sin que recaiga resolución expresa, se entenderá rechazado, y el plazo para interponer un recurso contencioso-administrativo será de seis meses contados a partir del día siguiente a aquél en el que se produzca el acto presunto. También podrá interponerse cualquier otro recurso que se estime procedente.</p>				<p class="bop-parrafo-justificado">Plazo de pago en período voluntario: de 30 de septiembre de 2026 al 30 de octubre de 2026. Una vez transcurrido este plazo, las deudas serán exigibles por el procedimiento de apremio, aplicándose los recargos correspondientes al período ejecutivo, así como los intereses de demora y demás gastos y cuestas que procedan.</p>				<p class="bop-parrafo-justificado">Forma de pago: los recibos que no estén domiciliados en cuentas bancarias serán enviados por correo a la dirección de los contribuyentes para que estos puedan hacerlos efectivos en las oficinas bancarias indicadas en ellos. En el caso de no recibirlos en las fechas indicadas, deberán dirigirse al Ayuntamiento.</p>				<p class="bop-parrafo-justificado">De conformidad con lo previsto en el artículo 49.7 del Decreto 136/2012, de 31 de mayo, se les advierte a los contribuyentes que el impago del canon del agua en el período voluntario señalado supondrá su exigencia directamente al contribuyente por la vía de apremio por la consellería competente en materia de Hacienda de la Xunta de Galicia. La repercusión del canon del agua podrá ser objeto de reclamación económico administrativa ante el órgano correspondiente de la Comunidad Autónoma de Galicia, en el plazo de un mes desde la publicación de este anuncio en el BOP.</p>				<p class="bop-parrafo-justificado">Lobeira, en la fecha de la firma electrónica. El alcalde.</p>				<p class="bop-parrafo-justificado">Fdo.: Antonio Iglesias Alvarez.</p>				<p class="bop-rexistro">R. 2.271</p>			</div>		</div>					<!--FIN CONTENIDO HTML DEL ANUNCIO -->