		<!--INICIO CONTENIDO HTML DEL ANUNCIO -->				<div id="anuncio-352614-es">			<div class="story">				<p class="bop-parrafo-seccion"><span class="bop-texto-seccion">IV. ENTIDADES LOCALES</span></p>				<p class="titulo-02"><span class="bop-texto-organismo">AYUNTAMIENTO DE QUINTELA DE LEIRADO</span></p>				<p class="bop-parrafo-sumario"><span class="bop-texto-sumario">Exposición pública de la aprobación del padrón y la lista cobratoria de la tasa por el suministro de aguas domiciliarias correspondiente al 2º trimestre del año 2026, así como el canon del agua de la Xunta de Galicia; y plazo de cobro en periodo voluntario</span></p>				<p class="bop-parrafo-justificado">Notificación colectiva y anuncio de cobranza de padrones fiscales.</p>				<p class="bop-parrafo-justificado">Una vez aprobado definitivamente, por Resolución de la Alcaldía de 22 de febrero de 2026, el padrón y lista cobratoria de la tasa por suministro de aguas domiciliarias correspondiente al 2º trimestre del año 2026, así como el canon del agua de la Xunta de Galicia, a los efectos tanto de su notificación colectiva, en los términos que se deducen del artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, como de la sumisión de estos al trámite de información pública, por medio del presente anuncio, se exponen al público en las dependencias municipales (lugar Leirado, s/n, 32814 Quintela de Leirado), por plazo de quince días hábiles, con el fin de que los que se estimen interesados puedan formular cuantas observaciones, alegaciones o reclamaciones que tengan por convenientes.</p>				<p class="bop-parrafo-justificado">Contra el acto de aprobación del citado padrón y las liquidaciones contenidas en este, podrá interponerse un recurso previo de reposición ante la Alcaldía en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de finalizar del término de exposición pública, de acuerdo con cuanto establece el artículo 14 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.</p>				<p class="bop-parrafo-justificado">La repercusión del canon del agua podrá ser objeto de reclamación económico-administrativa ante el órgano económico-administrativo de la Comunidad Autónoma de Galicia en el plazo de un mes desde que se entienda producida la notificación.</p>				<p class="bop-parrafo-justificado">De conformidad con lo establecido en el artículo 62.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, se pone en conocimiento de los contribuyentes que se realizará el cobro de la tasa por suministro de aguas domiciliarias y el canon del agua, correspondiente al 2º trimestre del año 2026.</p>				<p class="bop-parrafo-justificado">- Período voluntario de pago: se establece el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la publicación de este edicto en el Boletín Oficial de la Provincia, como período voluntario de pago de la tasa y del canon.</p>				<p class="bop-parrafo-justificado">- Una vez transcurrido el plazo de ingreso voluntario sin que se satisficiese la deuda, se iniciará el período ejecutivo de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 26, 28 y 161 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, lo que determinará la exigencia de los intereses de demora, así como los recargos que correspondan y, en su caso, de las costas del procedimiento de apremio.</p>				<p class="bop-parrafo-justificado">- Exclusivamente para el canon del agua, la falta de pago en el período voluntario señalado supondrá la exigencia del canon del agua directamente al contribuyente por la vía de apremio por la consellerIa competente en materia de hacienda de la Xunta de Galicia.</p>				<p class="bop-parrafo-justificado">Quintela de Leirado, 16 de septiembre de 2026. El alcalde.</p>				<p class="bop-parrafo-justificado">Fdo.: José Antonio Pérez Cortés.</p>				<p class="bop-rexistro">R. 2.221</p>			</div>		</div>					<!--FIN CONTENIDO HTML DEL ANUNCIO -->