		<!--INICIO CONTENIDO HTML DEL ANUNCIO -->				<div id="anuncio-352537-es">			<div class="story">				<p class="bop-parrafo-seccion"><span class="bop-texto-seccion">IV. ENTIDADES LOCALES</span></p>				<p class="titulo-02"><span class="bop-texto-organismo">AYUNTAMIENTO DE VIANA DO BOLO</span></p>				<p class="bop-parrafo-sumario"><span class="bop-texto-sumario">Aprobación inicial del Programa-Reglamento municipal de gestión de las colonias felinas.</span></p>				<p class="bop-parrafo-justificado">Anuncio</p>				<p class="bop-parrafo-justificado">Aprobación inicial del Programa-Reglamento municipal de gestión de las colonias felinas del Ayuntamiento de Viana do Bolo</p>				<p class="bop-parrafo-justificado">El Pleno del Ayuntamiento de Viana do Bolo, en sesión extraordinaria celebrada el día 31 de julio de 2026, adoptó el acuerdo de aprobación inicial del Programa-Reglamento municipal de gestión de las colonias felinas del Ayuntamiento de Viana do Bolo, de conformidad con lo establecido en el artículo 49 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.</p>				<p class="bop-parrafo-justificado">En cumplimiento del citado acuerdo, se somete el Programa-Reglamento a información pública y audiencia a los interesados por el plazo de treinta (30) días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Ourense, para que durante dicho plazo puedan examinar el expediente y presentar las reclamaciones, alegaciones o sugerencias que consideren oportunas.</p>				<p class="bop-parrafo-justificado">El expediente podrá ser consultado en las dependencias del Ayuntamiento de Viana do Bolo y en la sede electrónica municipal, durante el plazo de exposición pública.</p>				<p class="bop-parrafo-justificado">Las reclamaciones, alegaciones o sugerencias podrán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de Viana do Bolo o por cualquiera de los medios previstos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.</p>				<p class="bop-parrafo-justificado">De conformidad con el artículo 49.c) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, en el caso de que no se presente ninguna reclamación o sugerencia durante el plazo de información pública, el acuerdo de aprobación inicial se entenderá definitivamente adoptado, sin necesidad de nuevo acuerdo expreso.</p>				<p class="bop-parrafo-justificado">Viana do Bolo, 9 de septiembre 2026. La alcaldesa.</p>				<p class="bop-parrafo-justificado">Fdo.: Graciela Diéguez Rodríguez.</p>				<p class="bop-rexistro">R. 2.175</p>			</div>		</div>					<!--FIN CONTENIDO HTML DEL ANUNCIO -->