		<!--INICIO CONTENIDO HTML DEL ANUNCIO -->				<div id="anuncio-352373-es">			<div class="story">				<p class="bop-parrafo-seccion"><span class="bop-texto-seccion">IV. ENTIDADES LOCALES</span></p>				<p class="titulo-02"><span class="bop-texto-organismo">AYUNTAMIENTO DE RAIRIZ DE VEIGA</span></p>				<p class="bop-parrafo-sumario"><span class="bop-texto-sumario">Exposición pública del padrón de la tasa por el servicio de abastecimiento de agua domiciliaria correspondiente al 2º trimestre de 2026; y plazo de cobro en periodo voluntario</span></p>				<p class="bop-parrafo-justificado">Exposición pública del padrón de la tasa por el servicio de abastecimiento de agua domiciliaria correspondiente al 2º trimestre de 2026</p>				<p class="bop-parrafo-justificado">Por Resolución de la Alcaldía del Ayuntamiento de Rairiz de Veiga de 21 de agosto de 2026, se aprobó el padrón de la tasa por el servicio municipal de abastecimiento de agua domiciliaria correspondiente al 2º trimestre de 2026.</p>				<p class="bop-parrafo-justificado">El citado padrón está integrado por 374 recibos y presenta el siguiente resumen económico:</p>				<p class="bop-parrafo-justificado">Agua: 5.034,95 € </p>				<p class="bop-parrafo-justificado">IVA: 503,86 € </p>				<p class="bop-parrafo-justificado">Canon del agua: 2.106,66 € </p>				<p class="bop-parrafo-justificado">Total: 7.645,47 € </p>				<p class="bop-parrafo-justificado">El padrón permanecerá expuesto al público durante el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, para que las personas interesadas puedan examinarlo y presentar las reclamaciones que consideren oportunas.</p>				<p class="bop-parrafo-justificado">Contra el acto de aprobación del padrón y de las liquidaciones incorporadas a este podrá interponerse un recurso de reposición ante la Alcaldía, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de finalizar el período de exposición pública, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.</p>				<p class="bop-parrafo-justificado">Asimismo, se publica que el período de cobro en vía voluntaria comprenderá desde el día 24 de agosto de 2026 hasta el día 30 de septiembre de 2026, ambos incluidos.</p>				<p class="bop-parrafo-justificado">Una vez transcurrido el plazo de ingreso en período voluntario sin que se haya efectuado el pago, las deudas serán exigidas por la vía ejecutiva, con la aplicación de los recargos, intereses de demora y costas que procedan conforme a la normativa tributaria vigente.</p>				<p class="bop-parrafo-justificado">Rairiz de Veiga, en la fecha de la firma electrónica. La alcaldesa.</p>				<p class="bop-parrafo-justificado">Fdo.: Josefa Asunción Morgade Rúa.</p>				<p class="bop-rexistro">R. 2.067</p>			</div>		</div>					<!--FIN CONTENIDO HTML DEL ANUNCIO -->