		<!--INICIO CONTENIDO HTML DEL ANUNCIO -->				<div id="anuncio-352273-es">			<div class="story">				<p class="bop-parrafo-seccion"><span class="bop-texto-seccion">IV. ENTIDADES LOCALES</span></p>				<p class="titulo-02"><span class="bop-texto-organismo">AYUNTAMIENTO DE TABOADELA</span></p>				<p class="bop-parrafo-sumario"><span class="bop-texto-sumario">Exposición pública del padrón de las tasas por los servicios de suministro de agua, conservación de contadores, canon del agua, coeficiente de vertidos y saneamiento del 2º trimestre de 2026</span></p>				<p class="bop-parrafo-justificado">Edicto de cobranza</p>				<p class="bop-parrafo-justificado">Exposición pública del padrón de las tasas por los servicios de suministro de agua, conservación de contadores, canon del agua, coeficiente de vertidos y saneamiento.</p>				<p class="bop-parrafo-justificado">Tras ser configurado por la empresa concesionaria del servicio de suministro domiciliario de agua potable y saneamiento, el padrón de las tasas por los servicios de suministro de agua, conservación de contadores, canon de agua, coeficiente de vertidos y saneamiento, correspondiente al 2º trimestre de 2026, el citado padrón estará a disposición del público durante 15 días desde la publicación del presente anuncio en el&nbsp;BOP, en las oficinas municipales y en la Oficina de Espina &amp; Delfín, S.L., sita en la Plaza Mayor, 1, Allariz, en horario de 9.00 a 13.00 horas, de lunes a viernes, para que las personas interesadas puedan examinarlo, y, en su caso, formular las reclamaciones oportunas.</p>				<p class="bop-parrafo-justificado">Contra los recibos que contiene el padrón podrán formularse, ante el alcalde, un recurso de reposición previo al contencioso – administrativo del artículo 14.2 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, en el plazo de un mes que se contará desde el día siguiente al de la finalización de la exposición pública del padrón, en los términos previstos en dicho precepto legal. Por lo que respecta al canon del agua, podrá ser objeto de reclamación económico – administrativa ante el órgano económico-administrativo de la Comunidad Autónoma de Galicia, también en el plazo de un mes desde que se entienda producida la notificación de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 49.7 del Decreto 136/2012, por el que se aprueba el Reglamento del Canon del Agua y del Coeficiente de Vertido a Sistemas Públicos de Depuración de Aguas Residuales.</p>				<p class="bop-parrafo-justificado">En este&nbsp;sentido, la publicación en el Boletín Oficial de la Provincia de este anuncio produce efectos de notificación expresa al amparo de lo dispuesto en el artículo 102.3 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria; y de anuncio de cobranza según lo dispuesto en el artículo 24 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, que aprueba el Reglamento General de Recaudación.</p>				<p class="bop-parrafo-justificado">Una vez transcurrido&nbsp;el período voluntario de pago establecido, las deudas pendientes se exigirán por la vía de&nbsp;apremio&nbsp;con la recarga de apremio los intereses de demora y los costes que se produzcan. Por lo que respecta al canon del agua en vía de apremio será realizada por la consellería competente en materia de hacienda de la Xunta de Galicia.</p>				<p class="bop-parrafo-justificado">Taboadela, 12 de agosto de 2026. El alcalde.</p>				<p class="bop-rexistro">R. 2.005</p>			</div>		</div>					<!--FIN CONTENIDO HTML DEL ANUNCIO -->