		<!--INICIO CONTENIDO HTML DEL ANUNCIO -->				<div id="anuncio-352231-es">			<div class="story">				<p class="bop-parrafo-seccion"><span class="bop-texto-seccion">IV. ENTIDADES LOCALES</span></p>				<p class="titulo-02"><span class="bop-texto-organismo">AYUNTAMIENTO DE VILARIÑO DE CONSO</span></p>				<p class="bop-parrafo-sumario"><span class="bop-texto-sumario">Aprobación definitiva de la corrección del callejero del Ayuntamiento de Vilariño de Conso</span></p>				<p class="bop-parrafo-justificado">Anuncio de la aprobación definitiva de la corrección del callejero del Ayuntamiento de Vilariño de Conso.</p>				<p class="bop-parrafo-justificado">Por medio de este anuncio se publica, a los efectos de lo previsto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, el siguiente Decreto de Alcaldía dictado el 10.08.2026:</p>				<p class="bop-parrafo-justificado">“Una vez visto el expediente iniciado mediante providencia de Alcaldía, según la cual, a la vista de la cartografía digital, listado de vías, números de viviendas y callejero elaborado por la empresa Catoure S.L., encargada de realizar la actualización de la cartografía digital y de los callejeros del Ayuntamiento de Vilariño de Conso, surge la necesidad de corregir, en su caso, la dirección en la que figuran actualmente empadronados algunos de los vecinos del Ayuntamiento de Vilariño de Conso, con el fin de que la numeración sea lineal y continuada.</p>				<p class="bop-parrafo-justificado">Tras ver el informe de Secretaría sobre la legislación aplicable y el procedimiento a seguir y después de que por Decreto de Alcaldía de 07.07.2026, se inició el expediente de aprobación de la actualización de la nomenclatura y numeración de las vías de acuerdo con el documento elaborado y presentado por la empresa Catoure S.L., que obra en el Ayuntamiento, así como la corrección de direcciones erróneas.</p>				<p class="bop-parrafo-justificado">Mediante dicho Decreto se expuso a información pública durante un plazo de 20 días hábiles la aprobación inicial, a efectos de que las personas interesadas pudieran formular alegaciones y presentar los documentos y justificaciones que estimaran pertinentes, mediante la inserción de un anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia de Ourense y en el tablón de edictos de la sede electrónica del Ayuntamiento, a los efectos de lo previsto en los artículos 45, 82 y 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Dicho anuncio fue publicado en el BOP núm. 128, de 9 de julio de 2026 y dentro del plazo indicado, no se produjeron alegaciones, según certificado de Secretaría que consta en el expediente, de fecha 10.08.2026.</p>				<p class="bop-parrafo-justificado">La aprobación corresponde a la Alcaldía, conforme a lo establecido en el artículo 21.1 s) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y en el apartado 5.3.5 de la Resolución de 17 de febrero de 2020, de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión del Padrón municipal, publicada mediante Resolución de 29 de abril de 2020, de la Subsecretaría de la Presidencia, Relaciones con las Cortes y Memoria Democrática,</p>				<p class="bop-parrafo-justificado"><span class="bop-negrita">ACUERDO:</span></p>				<p class="bop-parrafo-justificado">Primero. Aprobar la actualización de la nomenclatura y numeración de las vías de acuerdo con el documento elaborado y presentado por la empresa Catoure S.L., que obra en el Ayuntamiento, así como la corrección de las direcciones erróneas.</p>				<p class="bop-parrafo-justificado">Segundo. Notificar a las personas interesadas y a las Administraciones Públicas interesadas.</p>				<p class="bop-parrafo-justificado">Tercero. Publicar la presente resolución mediante la inserción de un anuncio en el BOP de Ourense, en el tablón de edictos y en la sede electrónica del Ayuntamiento, a los efectos de lo previsto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.</p>				<p class="bop-parrafo-justificado">Contra la presente Resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso potestativo de reposición ante el órgano que dictó el acto notificado, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con los artículos 123 y 124; o bien interponer directamente recurso contencioso-administrativo ante la sección del Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia de Ourense, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. Si se optase por interponer el recurso potestativo de reposición, no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se produzca su desestimación por silencio. Todo ello sin perjuicio de que pueda interponer cualquier otro recurso que pudiera estimar más conveniente para la defensa de sus derechos.</p>				<p class="bop-parrafo-justificado">Vilariño de Conso. La alcaldesa.</p>				<p class="bop-parrafo-justificado">Fdo.: Melisa Macía Dominguez.</p>				<p class="bop-parrafo-justificado">Documento firmado digitalmente al margen.</p>				<p class="bop-rexistro">R 1.963</p>			</div>		</div>					<!--FIN CONTENIDO HTML DEL ANUNCIO -->